MarcaContigo · Plan 12 meses
Términos y Condiciones MarcaContigo (Registro de marca + Acompañamiento 12 meses)
Documento único informativo y contractual — ANBEC Abogados
I. Preámbulo y aceptación
Los presentes Términos y Condiciones (en lo sucesivo, los “Términos del Plan”) regulan la contratación del servicio denominado “Plan de Registro de Marca + Acompañamiento Legal (12 meses)” (en lo sucesivo, el “Plan”), ofrecido por Ariel Anaya Becerril, quien opera bajo la marca ANBEC Abogados (en lo sucesivo, “ANBEC Abogados” o el “PRESTADOR”), a través del sitio https://anbecabogados.com o por los canales que el PRESTADOR habilite.
La aceptación de estos Términos del Plan mediante marcación de casilla, envío de formulario, pago del enganche o cualquier otro medio habilitado implica que el CLIENTE ha leído, entendido y aceptado en su totalidad estos Términos del Plan (documento único contractual); y que acepta, reconoce y entiende que la solicitud y el registro de marca quedarán a nombre del PRESTADOR hasta la transmisión (por cuanto el PRESTADOR financia el servicio al permitir el pago en enganche y doce mensualidades, y la titularidad de la marca a nombre del PRESTADOR funciona como garantía de pago; a cambio, el PRESTADOR otorga al CLIENTE una licencia de uso desde el inicio). La aceptación por medios electrónicos produce efectos equivalentes a la firma autógrafa en los términos del Código de Comercio y de la legislación aplicable en materia de mensajes de datos.
II. Definiciones
Para efectos de estos Términos del Plan, los siguientes términos tendrán el significado que se indica, salvo que el contexto exija otro sentido:
“Plan”: Servicio legal recurrente por un plazo de 12 (doce) meses que incluye, como eje inicial, la gestión del trámite de solicitud de registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) a nombre del PRESTADOR y, como componente continuo, el acompañamiento legal conforme al paquete contratado (Básico, Estándar o Premium), en los términos de la sección IV. La solicitud y el registro concedido se tramitan y ostentan a nombre del PRESTADOR hasta que el CLIENTE haya pagado íntegramente el enganche y las 12 mensualidades y no exista incumplimiento material; cumplidos los pagos señalados, el PRESTADOR se obliga a transmitir la titularidad del registro al CLIENTE. Ello obedece a que el PRESTADOR financia el servicio al permitir el pago en enganche y doce mensualidades; la titularidad de la marca a nombre del PRESTADOR funciona como garantía de pago frente a dicho financiamiento hasta que el CLIENTE complete el Plan. A cambio, el PRESTADOR otorga al CLIENTE una licencia de uso de la marca durante la vigencia del Plan, que le permite utilizarla en su actividad comercial desde el inicio.
“Enganche”: Pago inicial, único y obligatorio que el CLIENTE realiza al contratar el Plan, correspondiente a la activación del Plan, al diagnóstico preliminar y al arranque del expediente de registro de marca.
“Mensualidades”: Los 12 (doce) pagos periódicos que el CLIENTE se obliga a realizar durante la vigencia del Plan, conforme al calendario establecido en la confirmación de contratación o en la sección VI.
“Expediente”: Conjunto de documentos, escritos, comunicaciones y registros administrativos relacionados con la solicitud de registro de marca y el seguimiento del trámite ante el IMPI, en soporte físico o electrónico.
“Contestación de oficios del IMPI”: Respuesta a requerimientos, citas o comunicaciones de carácter administrativo o de forma emitidos por el IMPI en el marco del trámite de registro (por ejemplo: aclaración de datos, documentación complementaria, corrección de forma), que no impliquen defensa contenciosa distinta a la contestación de oposición. La contestación de oficios del IMPI está incluida en todos los paquetes, conforme a la sección IV.
“Incidencia razonable”: Cualquier evento operativo dentro del expediente que pueda atenderse sin iniciar un procedimiento contencioso, sin reconfigurar la estrategia del caso ni involucrar servicios excluidos; por ejemplo: ajustes menores de información, anexos de documentación simple, seguimiento administrativo de estatus, comunicación de acuses. El alcance se detalla en la sección IV.
“Servicios excluidos”: Aquellos servicios legales no comprendidos en el alcance del paquete contratado y que, de requerirse, se cotizan de forma independiente; lista enunciativa en la sección IV.
“Contrato base personalizado”: Documento jurídico del catálogo del PRESTADOR, elaborado a partir de un formato base profesional y personalizado al negocio del CLIENTE con la información y variables que éste proporcione, incluyendo una (1) ronda de cambios o correcciones. Rondas adicionales o documentos de complejidad mayor se cotizan por separado. Límite por paquete en la sección IV.
Entran dentro de esa descripción, los siguientes:
1. 🤝 Prestación de servicios
- Servicios profesionales independientes
- Servicios freelance (diseño, marketing, desarrollo, etc.)
- Servicios recurrentes (mantenimiento, asesoría mensual)
👉 Este es el más vendido. Ideal para casi cualquier cliente.
2. 🔐 Acuerdo de confidencialidad (NDA)
- Unilateral
- Bilateral
- Para colaboradores, empleados o socios
👉 Clave para startups, agencias, franquicias, etc.
3. 🤝 Convenio de colaboración
- Colaboraciones comerciales
- Alianzas estratégicas
- Proyectos conjuntos
👉 Muy útil para networking y negocios en crecimiento.
4. 💻 Cesión de derechos (Propiedad Intelectual)
- Cesión de derechos de autor
- Cesión de contenido digital
- Cesión de branding o diseño
👉 Aquí tienes ventaja competitiva por tu especialidad.
5. 🧾 Licencia de uso
- Licencia de software
- Licencia de contenido (fotos, música, cursos)
👉 Ideal para monetización de activos intangibles.
6. 🧑💼 Contrato con freelancers / prestadores independientes
- Sin subordinación laboral
- Con entregables definidos
- Protección de propiedad intelectual
👉 Muy demandado en la economía digital.
7. 🏢 Contrato de comisión o intermediación
- Pago por referidos
- Comisión por ventas
- Representación comercial
👉 Útil para esquemas tipo “trae clientes y gana”.
8. 🛍️ Términos y condiciones de servicios
- Para páginas web
- Para prestación de servicios digitales
- Para cursos o asesorías
👉 Aunque no es “contrato firmado”, jurídicamente encaja perfecto en tu negocio.
9. 📦 Contrato de compraventa simple
- Bienes muebles
- Venta entre particulares o negocios
- Sin estructura compleja
10. 📢 Contrato de prestación de servicios publicitarios / marketing
- Manejo de redes sociales
- Campañas digitales
- Influencers
👉 Muy alineado con creadores y agencias.
11. 🎓 Contrato para cursos o capacitaciones
- Servicios educativos
- Cursos online
- Talleres
12. 🧑🏫 Carta o contrato de autorización de uso de imagen
- Uso de imagen para publicidad
- Redes sociales
- Testimoniales
“Consulta legal”: Respuesta u orientación jurídica del PRESTADOR respecto de una cuestión concreta planteada por el CLIENTE dentro de la materia del Plan. Cada tema distinto cuenta como una (1) consulta. Puede ejercerse por videollamada/llamada (hasta 1 hora) o por WhatsApp (hasta 20 intervenciones por consulta). La naturaleza, materia, modalidades y reglas se detallan en el apartado 4.9.
“SLA”: Acuerdo de nivel de servicio que define el tiempo máximo de respuesta del PRESTADOR ante solicitudes o consultas del CLIENTE una vez recibida la información completa. Por paquete: Básico 48 horas hábiles, Estándar 24 horas hábiles, Premium 12 horas hábiles. Se entiende por horario hábil o día hábil: lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto: (i) los días festivos de descanso obligatorio en la Ciudad de México; (ii) los siguientes días no obligatorios por ley que el PRESTADOR determine como inhábiles por ser de uso común en México: Viernes Santo, 2 de noviembre (Día de Muertos), 12 de diciembre (Día de la Virgen de Guadalupe), 24 y 31 de diciembre (Nochebuena y fin de año), 10 de mayo (Día de las Madres); (iii) cualquier otro día que el PRESTADOR comunique previamente como inhábil.
“Gastos oficiales”: Tarifas, derechos y cuotas que cobran el IMPI u otras autoridades competentes. Están incluidos en el Plan: (a) la tarifa del IMPI por presentación de solicitud de registro de marca (una solicitud, una clase); (b) las tarifas del IMPI por contestación de oficios del IMPI, en todos los paquetes (sección IV); (c) contestación de oposiciones (cuando el IMPI notifica oficios que incluyen oposiciones de terceros contra la solicitud del CLIENTE), incluida en todos los paquetes. La presentación de oposiciones (cuando el CLIENTE actúe como oponente) sí tiene costo y tarifa del IMPI; no está incluida en el Plan; (d) los gastos oficiales derivados de la transmisión del registro de marca del PRESTADOR al CLIENTE ante el IMPI. La gestión del trámite de declaración de uso de marca (Estándar y Premium, una por Plan, a 3 años del registro) y de renovación con declaración de uso (Premium, una por Plan, a 10 años del registro) está incluida en el Plan; sin embargo, la tarifa oficial del IMPI por dichos trámites es por cuenta del CLIENTE. Los servicios de declaración de uso y renovación se prestan cuando se cumplan dichos plazos, aunque sea después de los 12 meses del Plan. El resto de gastos oficiales se detalla en la sección VI y son por cuenta del CLIENTE.
III. Objeto y alcance del Plan
3.1 El Plan tiene por objeto la prestación de servicios profesionales jurídicos en materia de propiedad intelectual, consistentes en:
Nota: La solicitud y el registro de marca se tramitan a nombre del PRESTADOR (y no del CLIENTE) porque el PRESTADOR financia el servicio, permitiendo al CLIENTE pagar en enganche y 12 mensualidades. La titularidad de la marca en el PRESTADOR opera como garantía de pago hasta que el CLIENTE complete íntegramente el Plan; una vez cumplido, el PRESTADOR transmite la titularidad al CLIENTE.
(a) La gestión integral del trámite de solicitud de registro de marca ante el IMPI a nombre del PRESTADOR, incluyendo: preparación del expediente, elaboración de la solicitud, presentación ante la autoridad, seguimiento administrativo, contestación de oficios del IMPI (incluida en todos los paquetes, sección IV), contestación de oposiciones (incluida en todos los paquetes cuando un tercero presente oposición contra la solicitud del CLIENTE) y comunicación de estatus y acuses al CLIENTE. La cobertura es para una (1) marca, una (1) solicitud y una (1) clase conforme a la Clasificación de Niza, salvo que se contrate expresamente un adicional (clase o marca adicional).
(b) El acompañamiento legal durante 12 meses conforme al paquete contratado (Básico, Estándar o Premium), que puede incluir: consultas legales sobre temas derivados del expediente o del uso de la marca; contratos del catálogo (prestación de servicios, confidencialidad, colaboración, etc.) personalizados a tu negocio; aviso de privacidad (Estándar: integral; Premium: integral, simplificado y corto); atención a incidencias razonables. Además, gestión del trámite de declaración de uso de marca (Estándar y Premium) y de renovación con declaración de uso (solo Premium) cuando se cumplan 3 y 10 años del registro, respectivamente; la tarifa oficial del IMPI por dichos trámites es por cuenta del CLIENTE. Estos servicios se prestan cuando se cumplan dichos plazos, aunque sea con posterioridad a los 12 meses del Plan. Los límites precisos por paquete se establecen en la sección IV.
3.2 El Plan no incluye ni garantiza la concesión del registro por el IMPI; el resultado depende de la autoridad, de los antecedentes registrales y de posibles oposiciones de terceros. El PRESTADOR presta los servicios con diligencia profesional pero no garantiza resultado favorable ni plazos exactos de resolución.
3.3 Quedan expresamente excluidos del alcance del Plan, salvo que se contraten por separado (Add-on o cotización independiente), los servicios enumerados en la sección IV bajo “Servicios excluidos”.
IV. Paquetes, alcance detallado y servicios excluidos
4.1 Paquetes disponibles
Los paquetes son: Básico, Estándar y Premium. Cada uno define límites en consultas legales, contratos base personalizados, contestación de oficios del IMPI, aviso de privacidad (según paquete) y SLA. El paquete contratado se hace constar en la confirmación de contratación o en el comprobante de pago. Los límites no son acumulables con otros planes ni con contrataciones previas; el exceso se cotiza por separado.
4.2 Titularidad de la marca, licencia de uso y transmisión
La solicitud de registro de marca y, en su caso, el registro concedido por el IMPI se tramitan y quedan inscritos a nombre del PRESTADOR (y no del CLIENTE) durante la vigencia del Plan y hasta que el CLIENTE cumpla las condiciones para la transmisión. Esta modalidad responde a que el PRESTADOR financia el servicio al permitir al CLIENTE pagar en enganche y 12 mensualidades; la titularidad de la marca en el PRESTADOR opera como garantía de pago frente al financiamiento otorgado. No obstante lo anterior, el PRESTADOR otorga al CLIENTE, desde el inicio del Plan y mientras cumpla sus obligaciones de pago, una licencia de uso exclusiva y revocable sobre la marca (denominación y/o diseño objeto del registro) para que el CLIENTE pueda utilizarla en su actividad comercial en México, en los productos o servicios del expediente. La licencia permite al CLIENTE operar con normalidad durante el Plan; el CLIENTE no es titular registral sino licenciatario hasta que se efectúe la transmisión. Una vez que el CLIENTE haya pagado íntegramente el enganche y las 12 mensualidades y no exista incumplimiento material, el PRESTADOR se obliga a transmitir al CLIENTE la titularidad del registro ante el IMPI; en ese momento el CLIENTE pasará a ser el titular registral de pleno derecho. Si el CLIENTE no completa los pagos o incurre en incumplimiento, no habrá obligación de transmitir ni reembolso; la licencia cesará en los términos que el PRESTADOR comunique.
4.3 Elementos comunes a todos los paquetes
(a) Solicitud de registro de marca ante el IMPI: una (1) solicitud, una (1) marca, una (1) clase conforme a la Clasificación Internacional de Niza, salvo que se contrate expresamente un adicional. (b) Gestión y seguimiento del expediente durante la vigencia del Plan (12 meses). (c) Contestación de oficios del IMPI: incluida en todos los paquetes (Básico, Estándar y Premium). (d) Contestación de oposiciones: incluida en todos los paquetes. (e) Incidencias razonables. (f) Comunicación de estatus y siguientes pasos al CLIENTE conforme al SLA del paquete. (g) Declaración de uso de marca: gestión del trámite incluida en paquetes Estándar y Premium (una (1) por Plan), cuando se cumplan tres (3) años desde que el IMPI haya concedido el registro; tarifa oficial IMPI por cuenta del CLIENTE. (h) Renovación con declaración de uso: gestión incluida únicamente en paquete Premium (una (1) por Plan), cuando se cumplan diez (10) años del registro; tarifa oficial IMPI por cuenta del CLIENTE.
4.4 Definiciones operativas
(a) “Contrato base personalizado”: Documento jurídico del catálogo del PRESTADOR, elaborado a partir de un formato base profesional y personalizado al negocio del CLIENTE con la información y variables que éste proporcione, incluyendo una (1) ronda de cambios o correcciones. Rondas adicionales o documentos de complejidad mayor se cotizan por separado. (b) “Consulta legal”: Según la definición en la sección II y el apartado 4.9; cada consulta equivale a hasta 1 hora por llamada/videollamada o a hasta 20 intervenciones por WhatsApp. (c) “Aviso de privacidad”: Estándar: integral (uno por Plan). Premium: integral, simplificado y corto (hasta uno de cada tipo por Plan). (d) “Plantilla de licencia de marca”: Estándar: formato básico. Premium: formato personalizado. Básico: no incluido. (e) “Monitoreo de marcas”: Estándar: por un año. Premium: por dos años. Básico: no incluido. (f) “Descuento en segunda marca”: Básico 10 %; Estándar 15 %; Premium 20 % sobre honorarios vigentes. (g) “Recordatorio de plazos”: Incluido en todos los paquetes. (h) “Nueva solicitud ante negativa”: Estándar y Premium: incluido (solo tarifa IMPI vigente). Básico: no incluido.
4.5 Tabla de alcance por paquete
| Concepto | Básico | Estándar | Premium |
|---|---|---|---|
| Consultas legales | 1 por mes (máx. 12 por Plan) | 2 por mes (máx. 24 por Plan) | 4 por mes (máx. 48 por Plan) |
| Contrato base personalizados | 1 por Plan (1 ronda c/u) | 2 por Plan (1 ronda c/u) | 3 por Plan (1 ronda c/u) |
| Aviso de privacidad | No incluido | 1 integral | Integral, simplificado y corto |
| Contestación de oficios del IMPI | Incluida | Incluida | Incluida |
| Contestación de oposiciones | Incluida | Incluida | Incluida |
| Declaración de uso (a 3 años) | No incluida | Gestión incluida; tarifa IMPI por cuenta CLIENTE | Gestión incluida; tarifa IMPI por cuenta CLIENTE |
| Renovación con declaración (a 10 años) | No incluida | No incluida | Gestión incluida; tarifa IMPI por cuenta CLIENTE |
| SLA (tiempo de respuesta) | 48 h hábiles | 24 h hábiles | 12 h hábiles |
| Plantilla de licencia de marca | No incluido | Incluida (básico) | Incluida (personalizado) |
| Monitoreo de marcas | No incluido | Por un año | Por dos años |
| Nueva solicitud ante negativa | No incluido | Incluida (solo tarifa IMPI) | Incluida (solo tarifa IMPI) |
| Descuento en segunda marca | 10 % | 15 % | 20 % |
| Recordatorio de plazos | Incluido | Incluido | Incluido |
Los valores de la tabla son los vigentes al momento de la contratación y se harán constar en la confirmación de contratación o en el comprobante de pago. El tiempo de respuesta (SLA) se cuenta desde la recepción por el PRESTADOR de la información completa necesaria, en días y horas hábiles. Las consultas legales pueden ejercerse por videollamada o llamada (hasta 1 hora por consulta) o por WhatsApp (hasta 20 intervenciones en total por consulta; cada envío de texto, audio, imagen o documento cuenta como 1 intervención). Detalle en el apartado 4.9.
4.6 Servicios excluidos
No están incluidos en el Plan, salvo Add-on o cotización independiente: (a) Procedimientos contenciosos no incluidos en 4.3: presentación de oposiciones (cuando el CLIENTE actúe como oponente), nulidades, cancelaciones, declaraciones de infracción, litigios, recursos, defensa en nulidad. La contestación de oposiciones (cuando un tercero opone a la solicitud del CLIENTE) sí está incluida. (b) Ampliación sin acuerdo expreso: más de una clase, más de una marca, más de una solicitud por Plan (salvo nueva solicitud ante negativa en Estándar y Premium). (c) Registros internacionales (Protocolo de Madrid, país por país, extensiones). (d) Servicios especializados no pactados: búsquedas avanzadas, dictámenes de viabilidad, auditorías, estrategias de litigio, negociación con oponentes. (e) Cualquier otro no descrito como incluido. Cuando el CLIENTE requiera servicios excluidos, el PRESTADOR podrá emitir cotización independiente.
4.7 Exceso de límites
El exceso sobre los límites del paquete (consultas, contratos base personalizados, contestaciones de oficios adicionales) no está cubierto por el Plan y se cotizará por separado si el PRESTADOR acepta la solicitud.
4.8 No conversión en efectivo
Los servicios incluidos son de carácter prestacional. El CLIENTE no podrá solicitar reembolso, abono, crédito ni compensación en efectivo o en especie por servicios no utilizados. No son transmisibles ni sustituibles por equivalente en dinero.
4.9 Consultas legales: naturaleza, materia, modalidades y reglas
Naturaleza. El servicio de consultas legales consiste en la atención periódica de consultas de carácter orientativo, estratégico y preventivo en materia de propiedad intelectual, derechos de autor y aspectos jurídicos relacionados con la operación del negocio del CLIENTE. Tiene por finalidad proporcionar acompañamiento jurídico recurrente; no implica representación procesal automática ni la ejecución de procedimientos administrativos o judiciales.
Definición de tema distinto. Cada tema distinto se considera una (1) consulta independiente. Se entiende por tema distinto cualquier asunto que: (a) no derive directa e inmediatamente de la pregunta inicial; (b) implique análisis adicional de hechos o documentos diversos; o (c) requiera una valoración jurídica autónoma.
Materia de las consultas incluidas. Las consultas podrán versar sobre: (A) Propiedad industrial (marcas y signos distintivos): registro, renovaciones, declaraciones de uso, interpretación de oficios o requerimientos del IMPI, viabilidad preliminar de registro, riesgos de infracción, estrategias de protección preventiva, licencias y cesiones (orientación), vigilancia marcaria (análisis preliminar), orientación sobre oposiciones, nulidades o cancelaciones. (B) Derechos de autor y activos digitales: protección de obras literarias, artísticas y digitales, software, titularidad, obras por encargo, uso de contenidos de terceros, riesgos por reproducción o comunicación pública, estrategias preventivas, orientación preliminar sobre conflictos. (C) Contratos relacionados con activos intangibles: estructura contractual, cláusulas, prestación de servicios, confidencialidad (NDA), colaboración, licenciamiento, cesión de derechos, contratos vinculados a explotación de marca u obra. (D) Orientación contenciosa estratégica (preliminar): viabilidad general de acciones por infracción, escenarios en procedimientos administrativos, evaluación de riesgos, alternativas entre negociación y litigio, consecuencias jurídicas potenciales. Esta orientación tendrá carácter diagnóstico preliminar y no incluirá la ejecución procesal.
Modalidades de atención. Cada consulta podrá ejercerse mediante una sola de las siguientes modalidades; la elección de una excluye la otra para esa misma consulta. (a) Videollamada o llamada telefónica: duración máxima de hasta una (1) hora. (b) Consulta vía WhatsApp: limitada a un máximo de veinte (20) intervenciones en total entre ambas partes. Se entiende por intervención cada envío individual (mensaje de texto, audio, imagen, documento o contenido) realizado por cualquiera de las partes, sin importar extensión o duración. La consulta vía WhatsApp equivale a una consulta de videollamada o llamada telefónica para efectos del Plan. Una vez que el CLIENTE opte por iniciar la consulta por mensaje (WhatsApp), dicha consulta no se llevará a cabo por videollamada o llamada; análogamente, si la consulta se inicia por llamada o videollamada, no se continuará ni completará por WhatsApp. Una vez agotadas las 20 intervenciones por WhatsApp, la consulta se considerará concluida. El PRESTADOR podrá sugerir cambiar de modalidad cuando resulte operativo para cumplir el SLA (en cuyo caso se tratará como la misma consulta en la nueva modalidad). Si el CLIENTE decide concluir la Videollamada o llamada telefónica antes de concluir la hora, el tiempo restante no podrá ser abonado para otra consulta.
Límites operativos. Las consultas se atienden en días y horario hábil del PRESTADOR conforme al SLA del paquete. El número máximo de consultas mensuales y por Plan es el indicado en la tabla del apartado 4.5. Las consultas no utilizadas en el mes no son acumulables para meses posteriores, salvo disposición expresa del PRESTADOR.
Exclusiones (no incluidas en las consultas del Plan). No forman parte del servicio de consultas legales: elaboración de demandas, oposiciones, recursos o contestaciones; redacción integral de contratos complejos; análisis exhaustivo de expedientes extensos; representación ante autoridades; comparecencias; seguimiento procesal continuo; auditorías legales integrales; estrategias litigiosas completas. Estos servicios podrán contratarse de forma independiente.
Naturaleza orientativa. Las opiniones vertidas en las consultas se basan en la información proporcionada por el CLIENTE; no constituyen dictamen legal formal, no sustituyen un análisis integral del asunto y no generan relación de representación automática.
Obligación de medios. El PRESTADOR asume una obligación de medios, por lo que se compromete a emplear su experiencia, conocimientos y diligencia profesional en la prestación de los servicios contratados, sin que ello implique garantizar resultados específicos.
Limitación de responsabilidad (consultas). El PRESTADOR no será responsable por: (a) información incompleta o incorrecta proporcionada por el CLIENTE; (b) decisiones adoptadas por el CLIENTE sin contratar servicios adicionales cuando fueran necesarios; (c) actuaciones de autoridades o terceros fuera de su control. En ningún caso la responsabilidad total del PRESTADOR por reclamaciones relacionadas con el servicio de consultas excederá el monto efectivamente pagado por el CLIENTE en el mes correspondiente al servicio que dio origen a la reclamación.
V. Plazo, vigencia y obligación de pago
5.1 El Plan tiene una vigencia de 12 (doce) meses contados desde la fecha de pago del enganche o desde la fecha de activación del expediente que el PRESTADOR comunique al CLIENTE, lo que ocurra primero. La declaración de uso (a 3 años) y la renovación con declaración de uso (a 10 años, solo Premium) se prestan cuando se cumplan dichos plazos, aun con posterioridad a los 12 meses del Plan.
5.2 Existe un plazo mínimo forzoso de 12 meses. El CLIENTE se obliga a pagar el enganche y las 12 mensualidades en las fechas y montos establecidos en la confirmación o en la sección VI. El cumplimiento de dicho plazo es condición para que surja la obligación del PRESTADOR de transmitir el registro de marca al CLIENTE.
5.3 El atraso en el pago de una o más mensualidades faculta al PRESTADOR a suspender la prestación de servicios hasta la regularización. La suspensión no libera al CLIENTE del pago de las cantidades adeudadas. El atraso reiterado puede dar por no cumplida la condición para la transmisión del registro.
VI. Honorarios, gastos oficiales, mecánica de pago y facturación
6.1 El CLIENTE paga: (a) el enganche, en el monto indicado en la confirmación de contratación, página de checkout, propuesta aceptada o documento de tarifas, al momento de contratar; (b) las 12 mensualidades, en los montos y fechas que se indiquen en la confirmación o en el apartado 6.5. Los montos incluyen IVA del 16% cuando aplique. Los precios por paquete y las tarifas del IMPI de referencia se detallan en el documento “Tarifas IMPI y precios del Plan” disponible en anbecabogados.com o a solicitud del CLIENTE.
6.2 Gastos oficiales incluidos en el Plan: (a) Tarifa IMPI por presentación de solicitud de registro (una solicitud, una clase); (b) tarifas IMPI por contestación de oficios del IMPI en todos los paquetes; (c) contestación de oposiciones (cuando terceros oponen a la solicitud del CLIENTE); (d) gastos oficiales derivados de la transmisión del registro del PRESTADOR al CLIENTE ante el IMPI. La gestión de declaración de uso (Estándar y Premium, a 3 años) y de renovación (Premium, a 10 años) está incluida; la tarifa oficial del IMPI por dichos trámites es por cuenta del CLIENTE.
6.3 Gastos oficiales no incluidos: Por cuenta del CLIENTE: presentación de oposiciones (cuando el CLIENTE actúe como oponente), tarifa por declaración de uso, por renovación, contestaciones de oficios adicionales, traducciones, notarizaciones, copias certificadas, mensajería, viáticos cuando se pacte por separado, y cualquier derecho o cuota no comprendido en 6.2. Los ajustes de tarifas IMPI en conceptos incluidos serán absorbidos por el PRESTADOR; en conceptos no incluidos, por cuenta del CLIENTE.
6.4 Mecánica de pago de gastos no incluidos: Se establecerá en la confirmación o en el correo de activación: (a) Pago directo por el CLIENTE al IMPI o autoridad; (b) Reembolso al PRESTADOR; (c) Provisión de fondos. Cualquier cambio requerirá acuerdo por escrito.
6.5 Calendario de mensualidades: Se establecerá en la confirmación o en el correo de activación (fecha fija mensual, cada 30 días o calendario personalizado). El enganche se considera pagado en la fecha de pago o en la fecha de aceptación de estos Términos si el pago se realiza en el mismo acto. Atraso: el PRESTADOR podrá suspender servicios hasta la regularización; el CLIENTE no queda liberado de las cantidades adeudadas. Los intereses moratorios o gastos de cobranza se regirán por lo pactado en estos Términos del Plan o por la ley.
6.6 Moneda y facturación: Montos en pesos mexicanos (MXN). La facturación (CFDI) se realizará a petición del CLIENTE; el CLIENTE deberá solicitar la factura dentro de los 5 días hábiles siguientes a la contratación (enganche) o al pago de cada mensualidad, y además dentro del mes de contratación para el enganche. Fuera de dichos plazos el PRESTADOR no estará obligado a emitir el CFDI. El CLIENTE deberá proporcionar datos fiscales necesarios.
VII. Terminación anticipada, rescisión y consecuencias
7.1 Terminación anticipada (por voluntad de las partes)
La terminación anticipada es aquella en que el Plan concluye antes de los 12 meses por voluntad del CLIENTE, aceptada por el PRESTADOR, sin que medie incumplimiento de ninguna de las partes.
El CLIENTE puede solicitar la terminación anticipada en cualquier momento, por escrito (correo electrónico o medio que el PRESTADOR habilite). El PRESTADOR no está obligado a aceptarla; si la acepta, se aplicarán las siguientes condiciones:
(a) El CLIENTE deberá cubrir al PRESTADOR las mensualidades restantes hasta completar el equivalente a las 12 mensualidades pactadas (es decir, las que falten por vencer desde la fecha en que se acuerde la terminación anticipada). El pago de las mensualidades restantes podrá realizarse en una sola exhibición o en los plazos que las partes acuerden por escrito.
(b) Una vez que el CLIENTE haya cubierto las mensualidades restantes, el PRESTADOR transmitirá al CLIENTE la titularidad del registro de marca ante el IMPI en los términos de la sección IV, y el CLIENTE pasará a ser titular registral de pleno derecho.
(c) Mientras el CLIENTE cubra las mensualidades restantes (en una exhibición o en los plazos acordados), el PRESTADOR seguirá prestando los servicios del paquete contratado por el tiempo que reste hasta completar el periodo equivalente a 12 meses desde el inicio del Plan, en los mismos términos de alcance y SLA previstos en la sección IV.
Si el CLIENTE no cubre las mensualidades restantes en la forma pactada, no existirá obligación del PRESTADOR de transmitir el registro ni de continuar prestando servicios; en ese caso se aplicará lo previsto en el apartado 7.3 en lo que corresponda.
7.2 Rescisión (por incumplimiento imputable al CLIENTE)
La rescisión es la ruptura del vínculo contractual por incumplimiento imputable al CLIENTE. No procede por simple voluntad ni por incumplimiento del PRESTADOR; únicamente el PRESTADOR podrá dar por rescindido el contrato cuando el CLIENTE incurra en incumplimiento material, en particular:
(a) Impago del enganche o de una o más mensualidades en la fecha pactada, sin regularizar dentro del plazo que el PRESTADOR indique por escrito.
(b) Incumplimiento reiterado de las obligaciones previstas en la sección VIII (proporcionar información, responder a solicitudes, no instruir actos contrarios a derecho, utilizar la marca dentro del ámbito de la licencia).
(c) Instrucciones del CLIENTE que impliquen actos contrarios a derecho o que expongan al PRESTADOR a responsabilidad o sanción.
(d) Uso de la marca fuera del ámbito de la licencia de forma grave o reiterada.
(e) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad u otras cláusulas de cumplimiento esencial.
El PRESTADOR notificará por escrito al CLIENTE la rescisión, indicando la causa invocada. Podrá conceder un plazo razonable por escrito para subsanar el incumplimiento cuando sea subsanable; de no subsanarse, procederá la rescisión. La rescisión surtirá efectos desde la fecha de la notificación.
7.3 Consecuencias de la rescisión
Cuando el contrato sea rescindido por cualquiera de las causas previstas en 7.2, se aplicarán las siguientes consecuencias:
(a) Cese de la licencia de uso de la marca en el plazo que el PRESTADOR indique; (b) pérdida del derecho del CLIENTE a que se le transmita la titularidad del registro; (c) no hay obligación del PRESTADOR de transmitir el registro ni de reembolsar cantidades pagadas; (d) no hay obligación del PRESTADOR de continuar prestando servicios más allá de la fecha de rescisión. El CLIENTE seguirá obligado al pago de todas las cantidades devengadas hasta la fecha de rescisión, así como de gastos y honorarios incurridos y no reembolsados. Las partes podrán negociar la transmisión por escrito (regularización de adeudos y gastos de transmisión); sin acuerdo, el registro permanece a nombre del PRESTADOR. Las cláusulas que por su naturaleza deban subsistir (confidencialidad, limitación de responsabilidad, jurisdicción) continuarán en vigor después de la rescisión.
VIII. Obligaciones del cliente
8.1 El CLIENTE se obliga a: (a) proporcionar información completa, veraz y actualizada y la documentación que el PRESTADOR solicite, en los plazos razonables que se indiquen; (b) responder en tiempo a las solicitudes del PRESTADOR para no afectar los plazos del trámite ante el IMPI; (c) pagar puntualmente el enganche, las mensualidades y los gastos oficiales en la forma pactada; (d) no instruir al PRESTADOR actos contrarios a derecho ni que impliquen riesgo indebido; (e) utilizar la marca únicamente dentro del ámbito de la licencia otorgada y conforme a la ley.
8.2 El incumplimiento material puede dar lugar a la suspensión de servicios, a la terminación del Plan y a la pérdida del derecho a la transmisión del registro, sin perjuicio del cobro de las cantidades devengadas.
IX. No garantía de resultado y limitación de responsabilidad
9.1 El PRESTADOR presta los servicios del Plan con la debida diligencia profesional bajo obligación de medios y no de resultados. No garantiza la concesión del registro por el IMPI ni plazos exactos de resolución; el resultado depende de la autoridad, de los antecedentes y de terceros. Los servicios tienen el carácter de medios y no de fines garantizados.
9.2 En la máxima medida permitida por la ley, el PRESTADOR no será responsable por daños indirectos, incidentales, consecuenciales o especiales, incluyendo lucro cesante, pérdida de beneficios o de oportunidades; ni por negativas, resoluciones o retrasos del IMPI u otras autoridades; ni por la inexactitud de la información proporcionada por el CLIENTE. La responsabilidad total del PRESTADOR se limitará al monto total efectivamente pagado por el CLIENTE por el Plan, salvo dolo o culpa grave conforme a la ley.
X. Confidencialidad y datos personales
10.1 Las partes mantendrán confidencial la información, documentación y estrategias intercambiadas en el marco del Plan. El tratamiento de datos personales se realizará conforme al Aviso de Privacidad Integral de ANBEC Abogados, disponible en anbecabogados.com y en el sitio del PRESTADOR.
XI. Documento único
11.1 Los presentes Términos del Plan constituyen el documento único informativo y contractual de adhesión que rige la relación entre el PRESTADOR y el CLIENTE en el marco del Plan. No existe un contrato separado; la totalidad de los derechos y obligaciones se regula por estos Términos del Plan.
11.2 El CLIENTE se entiende conocedor y aceptante de estos Términos del Plan al realizar la aceptación por cualquiera de los medios habilitados (marcación de casilla, envío de formulario, pago del enganche u otro medio que el PRESTADOR habilite).
XII. Modificaciones, notificaciones y contacto
12.1 El PRESTADOR podrá modificar estos Términos del Plan en cualquier momento. Las modificaciones serán efectivas desde su publicación en anbecabogados.com o en el medio que el PRESTADOR indique, con indicación de la fecha de última actualización. Para contrataciones ya realizadas, las condiciones aplicables serán las vigentes al momento de la aceptación, salvo que la modificación sea favorable al CLIENTE o que las partes acuerden expresamente lo contrario.
12.2 Para dudas, notificaciones o ejercicio de derechos: contacto@anbecabogados.com; sitio web: anbecabogados.com; domicilio: Volcán 150, Piso 4, Virreyes, Lomas de Chapultepec III Sección, C.P. 11000, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México. Tel: 55 4090 8147. Horario de atención: lunes a viernes (excepto días festivos), de 9:00 a 18:00 horas. Para ejercicio de derechos ARCO y protección de datos personales: Aviso de Privacidad Integral de ANBEC Abogados.
XIII. Ley aplicable y jurisdicción
13.1 Los presentes Términos del Plan y la relación derivada del Plan se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.